¿Permitir el retiro de los fondos de pensiones de las AFP realmente beneficia al afiliado? A propósito de las iniciativas para retirar el 100% de los fondos – Parte 2

15/09/2020

Por Alfonso Garcés

Como ya hemos comentado en la primera parte de este artículo, el negativo precedente de la ley que permitió el retiro de los fondos de pensiones de las AFP en el año 2016 ha generado más costos que beneficios. Casi un 25% de las personas que retiraron su fondo, luego de dos años, ya se habían quedado sin pensión tras gastarse todo. Hoy, ese porcentaje debe haberse incrementado.

Sumado a eso, hace apenas unos meses debido a la pandemia, el Congreso (y el gobierno) permitió el retiro del 25% del fondo en las AFP hasta un límite de 3 UIT. Para cumplir con ese mandato legal, muchas AFP tuvieron que vender varios instrumentos de inversión, tanto líquidas como ilíquidas, generando un desbalance en el portafolio de inversiones de los afiliados gestionados por las AFP. Sin embargo, se han podido suavizar los efectos del desbalance gracias a la ayuda del Banco Central de Reserva del Perú (BCRP), a través de las operaciones Repo; aunque aún tomará un tiempo más para que dicho portafolio esté rebalanceado.

A pesar que el Congreso conoce los efectos descritos, ahora plantea agravar aún más dicha situación de los fondos de pensiones con varios proyectos de ley que plantean la facultad de retirar hasta el 100% de los fondos de las AFP, agudizando aún más la crisis y la situación de los fondos de los afiliados, provocando un daño en el portafolio de inversiones con efectos permanentes y de difícil estimación.

No es una novedad que el sistema previsional privado (SPP) y público (SNP) requiere una revisión profunda. En particular el SPP debe enfrentar problemas urgentes como la falta de una pensión mínima, comisiones no alineadas a rentabilidad, ausencia de competencia, bajo nivel de cobertura, entre otros. Si bien la pensión promedio de las AFP está por encima de la pensión máxima de la ONP, existen muchas personas que debido a los reducidos sueldos generados durante su vida laboral, han realizado modestos aportes, lo que ha traído como consecuencia que la pensión a recibir sea muy baja. Recordemos que la tasa de reemplazo estimada en la primera década del sistema privado de pensiones era superior al 50% (SBS, 2002), esto quiere decir que un pensionista recibiría -dependiendo de la metodología utilizada- más de la mitad del promedio de su remuneración, lo que no solo no ha venido ocurriendo sino que existen casos con pensiones, incluso, por debajo de Pensión 65. Ello implica que se realice una evaluación del impacto real versus el proyectado en su oportunidad para que, a partir de ello, se planteen alternativas que permitan que cualquier persona afiliada al sistema privado de pensiones tenga una pensión mínima.

Existen diferentes posibilidades para iniciar un debate amplio al respecto desde el Parlamento, aunque ya en foros académicos se ha iniciado, como por ejemplo que el Estado ponga un capital semilla al nacer cada peruano, o se aplique la solidaridad cruzada, es decir, que los afiliados destinen un porcentaje de sus ingresos a un fondo común o solidario. Otra alternativa puede ser que el diferencial sea financiado íntegramente por el tesoro público (es decir, todos los peruanos), o un mix entre todas las anteriores, de tal manera que permita asegurar una pensión mínima a las personas con más bajos recursos.

De otro lado, hemos visto múltiples quejas y descontento de la población cuando sus fondos pierden un buen porcentaje de su valor, mientras que las AFP esperan el mejor momento para repartirse los más de 140 millones de soles que obtuvieron de ganancias en un año determinado. Existen algunas fórmulas para alinear los incentivos. Una de ellas es vincular su comisión a su gestión, también tratada en algunos foros, la misma que debería estar fijada en función de la rentabilidad que obtienen. Siendo que las AFP tienen costos fijos altos, podría ser una comisión mixta en la que se encuentre una comisión base fija, y una comisión variable por rentabilidad. Esa  forma de regulación no resulta del todo extraña ya que en la reforma del sistema de pensiones de las FFAA y PNP, en el año 2012, se estableció una comisión para financiar sus gastos administrativos, en función de su rentabilidad sobre la gestión del administrador de los fondos. La diferencia con la que se plantea es que la del 2012 no tiene una variable de “éxito” por rentabilidad.

Un tercer problema que condiciona a los dos anteriores, es el bajo nivel de competencia, y la poca intervención del Estado para fomentarla, específicamente, de la SBS, a pesar de ser parte de su rol fundamental. Para ello, deberían reducir las barreras de entrada para que ingresen nuevos jugadores al mercado y buscar mecanismos para fomentar mayor participación de actores.

Pero ¿acaso estamos viendo que el Congreso plantee alguna solución para algunos de los problemas descritos? De los Proyectos de Ley Nos. 5376 (APP), 5674 (PP), 6066 (PP) y 6093 (AP) podemos observar que la esencia de estos es facultar el retiro de hasta el 100% de los fondos administrados por las AFP. El argumento formal que motiva a presentar dichos proyectos a 3 bancadas es la alta tasa de desempleo generada por la pandemia. Es decir, el congreso decidió no abordar los problemas estructurales del sistema que permitan generar alguna solución permanente, sino que -por el contrario- busca una “solución” temporal que amplíe el número de personas afectadas provocándoles daños más graves y permanentes a los ya generados, como veremos más adelante.

En efecto, el afán desmedido del congreso por demostrar empatía con la población sumado al profundo desconocimiento del que hace gala en materia previsional y de los mercados de capitales y financiero, son la combinación perfecta para agravar la crisis económica que tiene como protagonista del perjuicio – en diferentes ámbitos y en múltiples dimensiones- a millones de peruanos. A continuación veamos algunos de estos efectos:

Sobre el afiliado que retira su fondo: Pérdida de pensión de jubilación, sobrevivencia e invalidez

El Congreso obvia dolosamente los objetivos básicos del sistema privado de pensiones, como son dar cobertura al riesgo de vejez, de invalidez y de fallecimiento, los que son mitigados con las pensiones de: jubilación (por envejecer), invalidez (por incapacidad temporal o permanente), sobrevivencia y gastos de sepelio (para los herederos en caso de fallecimiento). Entonces, si una persona retira el 100% de su fondo y le ocurriera un accidente que le genera incapacidad o falleciera, no habría pensión para el incapacitado ni para los sobrevivientes, respectivamente, dejándolos completamente desprotegidos, sin cobertura alguna. Solo entre junio de 2019 y 2020, se incremento en más de 4 mil nuevos pensionistas, combinado entre invalidez y sobrevivencia (SBS, 2020), los que se quedarían desamparados de aprobarse la medida.

Pérdida de la cuenta acumulada y la rentabilidad para pensión de jubilación

En caso que lleguen a la edad de jubilación, se les habría impedido incrementar su rentabilidad al no existir aportes obligatorios, la que también se vería limitada en la medida que obligaría a las AFP a tener su portafolio fundamentalmente en inversiones de corto plazo (líquidas), las que si bien tienen menor riesgo, tienen menor rentabilidad.

Deterioro del portafolio de inversiones y pérdidas en el mercado de capitales

Las AFPs invierten los fondos de los afiliados diversificando los portafolios dentro de los márgenes permitidos por la regulación. Esta diversificación, que incluye algunos activos más líquidos y otros menos, es la clave de rentabilidad sin tomar riesgos excesivos o concentrados. Al obligar a ventas masivas, se perjudica tanto a los afiliados que retiran, como también a los que permanecen, pues además de presionar los precios de los activos a la baja (particularmente aquellos en que las AFP tienen una participación importante), se desbalancean los portafolios y los concentran en activos ilíquidos, aquellos que no es posible vender en corto plazo. Con ello, sufren los retornos y eventualmente las pensiones. Medidas como los Repos del BCR contribuyen a mitigar el problema, pero no lo eliminan, y menos aún si hubiese una segunda venta forzosa y masiva cuando los portafolios ya están desbalanceados por las medidas del Congreso.

Sobre el mercado financiero: potencial reducción de liquidez

Más del 50% de las inversiones de las AFP es en el mercado local. Parte de ella se encuentra en depósitos en los bancos. De aprobarse el proyecto de ley, parte de esos miles de millones de soles depositados podrían ser retirados de las entidades financieras de manera masiva, lo que implicaría que estos reduzcan su nivel de liquidez. ¿qué efecto potencial podría generar la reducción de liquidez? Teóricamente, el inmediato sería la subida de la tasa de interés para evitar que más personas se endeuden. Es cierto también que mucha gente utilizará los fondos para pagar deudas con las entidades financieras, con lo cual habría un retorno del dinero. Sin embargo, es difícil anticipar y estimar razonablemente el grado de magnitud.

Afectación a la liquidez futura del Tesoro Público

Las AFP son un comprador importante de los bonos soberanos que emite el Ministerio de Economía y Finanzas. Una segunda devolución masiva de fondos de afiliados este año, significaría que lejos de continuar demandando bonos soberanos, se constituyan en vendedores, complicando aún más el ya complejo escenario de financiamiento del presupuesto público, en un contexto en el que tendremos un déficit fiscal combinado de más de 17% del PBI entre el 2020 y el 2021. Una necesidad de financiamiento de esa magnitud requiere necesariamente de emisiones de deuda, además de otras fuentes.

Sobre el mercado en medio de la crisis económica

La crisis provocada por la pandemia ha afectado a muchas empresas y personas, siendo las más vulnerables estas últimas y las MYPE. Por ello, el gobierno ha venido dictando una serie de medidas orientadas a dar mayor liquidez y puedan mitigar los efectos de la crisis. Sin embargo, dichos efectos podrían diluirse en caso se produzca una eventual subida de tasas de interés, generada por la falta de liquidez bancaria, afectando precisamente a los más vulnerables de la cadena, como las MYPE que generaban empleo de cerca del 50% de la PEA y representaban casi un 20% de PBI.

En conclusión, sabemos que el problema central que generan dichas leyes es que las personas se quedarán sin pensión, lo que les afecta directamente a estas, pero indirectamente nos afecta a todos, pues el Estado debe enfrentar dicha problemática, la que dependiendo de la magnitud podría complicar la situación fiscal en los futuros años. Pero sabemos que existen muchos otros efectos colaterales que son difíciles de estimar y de anticipar su magnitud con exactitud, pero sabemos que provocarán un daño al país. Por eso, esperemos que el Congreso analice con seriedad y rigurosidad los efectos de aprobar las propuestas legislativas descritas, y más bien se enfoque en soluciones legislativas que enfrenten el problema y no en medidas cortoplacistas que terminen afectando aún más a la mayoría de afiliados.