La economía de mercado frente a la corrupción estatal

26/05/2020

Por Christian Guzmán

Un elemento clave para la lucha contra la corrupción es el régimen económico que se encuentra establecido en la norma constitucional, que es el de una economía social de mercado [1].  Así, un adecuado régimen de intervención administrativa en la economía es relevante para reducir los actos de corrupción que se cometen al interior del Estado, en especial en el ámbito de las contrataciones con el Estado y la prestación de los servicios por la Administración Pública.

Ello nos lleva a una hipótesis inicial, que es la de señalar que, cuando los gobiernos gozan de un mayor manejo de recursos y de mayores mecanismos discrecionales para alterar y asignar recursos, existen mayores posibilidades para que dichos recursos y las ventajas resultantes puedan ser utilizadas para fines inadecuados o ilegales [2].

En otras palabras, mientras mayor control posea el Estado sobre la economía y la sociedad, mientras existan mayores limitaciones a las actividades de los particulares y mayores restricciones institucionales al intercambio económico, mayor serán las posibilidades de que las autoridades administrativa se corrompa.  En una democracia saludable, donde se respetan ampliamente las libertades en general, los mecanismos de control funcionan de manera adecuada, limitando la generación de actos de corrupción administrativa.

En consecuencia, mientras mayor sea la influencia del aparato estatal y administrativo en la economía, mayores serán las posibilidades de que encontremos fenómenos de corrupción.  De hecho, los gobiernos estatistas y totalitarios – caracterizados por implicar aparatos estatales grandes y muy centralistas – han sufrido con gran amplitud de serios procesos de corrupción.

La importancia de la economía de mercado frente a la corrupción administrativa

Ahora bien, ello no implica necesariamente que los estados partidarios de una economía de mercado deban ser intrínsecamente menos corruptos.  En muchos casos, la corrupción se da precisamente por la acumulación de capital en manos de determinados detentadores de poder, situación que eventualmente puede ocurrir en el libre mercado, pero en donde no existen incentivos adecuados para un comportamiento conforme a derecho.  Con lo cual una saludable economía de mercado es una condición necesaria, pero no suficiente, para la integridad administrativa, puesto que se requieren elementos adicionales para generar ello, que expondremos más adelante en una entrega posterior.

Hasta aquí manejamos las variables que pueden explicar satisfactoriamente como es que los particulares pueden corromper a determinadas autoridades administrativas, en especial a aquellas que participan en los procesos de contratación pública.  Por un lado el móvil del comportamiento corrupto del poder administrativo se muestra suficientemente claro, porque pretende, ampliar la cuota de poder que se posee en la lógica búsqueda de rentas [3].

Ahora bien, y tal como lo hemos señalado líneas arriba, la libre disposición de recursos por parte de ciertos servidores civiles, la posibilidad de otorgar ventajas y privilegios y la capacidad de redistribuir recursos a través del sistema impositivo permiten una libertad de acción muy grande a favor del Estado, lo cual permite la comisión de actos de corrupción [4].

Cabe señalar entonces que la economía de mercado, cuyas distorsiones sean corregidas correctamente por el Estado, es menos consistente con los actos de corrupción [5].  No es casualidad que los países que están en los primeros puestos en los índices de libertad económica muestren a su vez menores índices de corrupción [6], lo cual se debe a la existencia de una eficiente intervención administrativa en el mercado.

Si a ello le sumamos el comportamiento racional del funcionario público, el resultado es bastante claro: el riesgo de situaciones corruptas va a estar siempre latente, y se da efectivamente en muchas áreas del Estado.  Como resultado, este fenómeno encuentra un caldo de cultivo ideal en regímenes donde existe un control indebido de las actividades económicas por el Estado.  A su vez, resulta evidente que la corrupción afecta seriamente el crecimiento económico, generando pérdidas incalculables a la sociedad y al mercado, generando una especie de círculo vicioso.

En la actual emergencia sanitaria

Esto es especialmente relevante en el actual contexto de emergencia sanitaria, donde hemos notado diversas situaciones de corrupción en las contrataciones de bienes y servicios, más aún si ellas se efectúan a través de contrataciones directas bajo el amparo de la situación de emergencia establecida por el Texto Único Ordenado de la ley de Contrataciones del Estado [7].

En la práctica, lo que se está generando con los actos de corrupción es una indebida privatización de lo que es público por definición, como es la salud pública, de especial importancia en la lucha contra la Covid-19.  Fondos o recursos públicos que deben destinarse a actividades en beneficio de todos se utilizan en favor de algunas personas particulares.  La corrupción implica siempre una abdicación, por parte del Estado, de sus funciones de garante del interés general.

Finalmente, lo que venimos señalando es relevante en esta coyuntura, donde tenemos diversos funcionarios públicos (entre ellos congresistas) que proponen afectaciones a la economía social de mercado consagrada por la Constitución, a través de controles de precios, restricciones de actividades económicas o generando mayores regulaciones, cuando más bien se deben implementar reformas de mercado a fin de lograr la ansiada reactivación económica.  Pero esto será materia de una entrega posterior.

[1]  Economía Social de Mercado

Artículo 58.- La iniciativa privada es libre. Se ejerce en una economía social de mercado. Bajo este régimen, el Estado orienta el desarrollo del país, y actúa principalmente en las áreas de promoción de empleo, salud, educación, seguridad, servicios públicos e infraestructura.

[2] CHAFUEN, Alejandro y GUZMÁN, Eugenio – Estado y Corrupción.  En: Serie Documentos de Trabajo N.° 274.  Santiago de Chile: Centro de Estudios Públicos, 1997, p. 8.

[3] Sobre el particular: LEON MENDOZA, Juan – “Análisis económico de la corrupción”.  En: Revista de la Facultad de Ciencias Económicas, Año V N.° 18.  Lima: UNMSM, 2000, p. 90 y ss.

[4] Sobre el particular: SIMONETTI, José María – Notas sobre la corrupción.  En: Pena y Estado, revista latinoamericana de política criminal, N.° 1. Buenos Aires: Editores del Puerto, 1995, p. 182.  El autor también hace una importante referencia a la intervención del Estado en la vida económica de la sociedad.  En vez de prestar atención a los temas de real importancia, el Estado está más bien utilizando su poder en beneficio de algunos cuantos, y a cambio de ventajas económicas y políticas para quienes se encuentran en el poder.

[5] Sobre el particular, y para el caso chileno: REHREN, Alfredo – “Clientelismo Político, Corrupción y Reforma del Estado en Chile”. En: Reforma del Estado Vol. II.  Santiago de Chile: Centro de Estudios Públicos, 2000, p. 157.

[6] https://www.heritage.org/index/ranking.aspx.

[7] Literal c) del numeral 27.1 del artículo 27 del Decreto Supremo N.° 082-2019-EF.