¿Es posible inversiones relacionadas a servicios culturales de expresiones del patrimonio cultural inmaterial?

Por Manuel Aparicio

La base de datos de “Declaratorias de expresiones del patrimonio cultural inmaterial como patrimonio cultural de la nación” del Ministerio de Cultura, da cuenta de 293 expresiones de patrimonio inmaterial; dentro de las cuales se tiene por ejemplo, la técnica ancestral de secado de anchoveta , los conocimientos, técnicas e iconografía asociadas al tallado en piedra de Huamanga, el Carnaval de Puquina, el sistema de jueces de aguas de Corongo, la lengua del pueblo Shiwilu, de la familia lingüística Cahuapana o Kawapana, la música y danza Qhapero de San Antonio de Putina, entre otros.

Las inversiones públicas en cultura tienen como objeto proveer servicios culturales que permiten revelar los valores y significados del patrimonio cultural, los cuales contribuyan a fortalecer la identidad cultural en la población. De acuerdo con el documento “¿Qué es patrimonio cultural?” del Ministerio de Cultura, el patrimonio inmaterial y material nos permite profundizar en el conocimiento de nuestro pasado, nos ayudan a saber quiénes somos y de dónde venimos, respetar y conservar nuestro legado cultural; por tanto, permiten la creación de valores que contribuyen a forjar mejores peruanos.

En ese sentido, al igual que las intervenciones en cultura vinculadas a los servicios de interpretación cultural en monumentos arqueológicos prehispánicos (por ejemplo, en el Sitio Arqueológico Chavín, la Zona Arqueológica de Kuelap, el Sitio Arqueológico Pikillaqta, entre otros) o en inmuebles coloniales y republicanos declarados patrimonio cultural (por ejemplo, en la Alameda Marqués de Valdelirios, el Templo de La Recoleta, entre otros), se hace pertinente pensar en plantear inversiones relacionadas a servicios culturales de expresiones del patrimonio cultural inmaterial.

Sin embargo, durante el diseño y gestión de inversiones de una expresión de patrimonio cultural inmaterial, se recomienda tomar en cuenta, entre otros, lo siguiente: a) tener mucho cuidado en el momento de plantear las acciones, ya que podría financiarse gastos corrientes / permanentes, como si se tratasen de gastos de inversión, lo cual no es correcto (por ejemplo, las capacitaciones y asistencias técnicas, que por sí solas no constituyen inversiones), b) se podría incluir como parte de la intervención, solo el factor productivo de intangibles, lo cual debe ser estrictamente sustentando considerando el precitado literal, c) como parte de los intangibles vinculados al patrimonio cultural inmaterial especifico, se pueden considerar estudios, investigaciones, herramientas de gestión y marketing cultural, herramientas de tecnologías de información y comunicación, entre otros, d) considerar un equipo multidisciplinario y especializado (antropólogos, historiadores, entre otros) conocedores del patrimonio inmaterial especifico, d) que las inversiones en patrimonio inmaterial tengan el acompañamiento técnico del Ministerio de Cultura, durante el ciclo de inversiones.

A fin de abordar manera progresiva las inversiones relacionadas a servicios culturales de expresiones del patrimonio cultural inmaterial, se sugiere considerar los siguientes pasos: a) conceptualizar y definir el indicador (o incluir dentro de otro indicador) de brechas de servicios culturales de expresiones del patrimonio cultural inmaterial, b) elaborar los criterios de priorización de inversiones en cultura, considerando a las expresiones del patrimonio cultural inmaterial, c) elaborar herramientas metodológicas para formular inversiones vinculadas a patrimonio inmaterial, d) formular proyectos de inversión vinculados a servicios culturales de expresiones del patrimonio cultural inmaterial, los cuales deben elaborarse con el estricto cuidado que significa proteger el patrimonio cultural.