El teletrabajo en tiempos del coronavirus

16/03/2020

Por Erick Verano

En tiempos recios como los que actualmente se viven, teniendo más de 40 casos confirmados de coronavirus en el Perú, una enfermedad que impacta más que nunca en un país con un sistema de salud precario y una economía recesada desde hace 3 años; y donde la infodemia es una pandemia quizás hasta más peligrosa que el mismo COVID-19, alimentando miedos e histerias con compras compulsivas en supermercados ante un improbable desabastecimiento o cuarentena, condiciones que incluso podrían ser provocadas por ese mismo comportamiento irresponsable.

Es precisamente en esos tiempos recios que vale la pena voltear a ver un mecanismo de política pública que puede ayudar a prevenir más contagios sin paralizar el aparato productivo del país: el Teletrabajo.

Originalmente la Ley que regula el Teletrabajo, Ley N° 30036 dada el año 2013 en el gobierno de Ollanta Humala, la definió como: el desempeño subordinado de labores sin la presencia física del trabajador, denominado “teletrabajador”, en la empresa con la que mantiene vínculo laboral, a través de medios informáticos, de telecomunicaciones y análogos, mediante los cuales se ejercen a su vez el control y la supervisión de las labores. Posteriormente reglamentada en el año 2015 con el Decreto Supremo N° 009-2015-TR, que especificaba los derechos y deberes de los teletrabajadores así como su aplicación preferente en favor de poblaciones vulnerables (personas con discapacidad, madres gestantes o lactantes, personas responsables del cuidado de niños, adultos mayores, con discapacidad).

Lamentablemente este primer paso dado en la dirección correcta por el Ministerio de Trabajo de aquel entonces, fue desandado por las sucesivas gestiones y el teletrabajo no fue promovido, impulsado o difundido entre el empresariado, tanto es así que solo el 23.5% de las empresas conocían de esta modalidad y de este pequeño grupo solo el 27.2% consideraba al teletrabajo como una modalidad adecuada para la actividad que realizaban.

Tuvo que llegar al Perú, una peligrosa enfermedad pandémica como el coronavirus para que el empresariado en general y nuestra Ministra de Trabajo, Sylvia Caceres, recordaran que existía el teletrabajo, aunque no lo hayan hecho de la mejor manera. Para enfrentar los perjudiciales efectos de esta epidemia en los entornos laborales, la titular del sector trabajo ha señalado algunas medidas como el teletrabajo, además del adelanto de vacaciones, licencias y hasta suspensiones temporales de la relación de trabajo, todo lo cual estaría bien si no fuera porque el sacrificio y las reducciones salariales de estas medidas siempre serán cargadas a los trabajadores, un tema espinoso que sería materia para otro artículo.

Con respecto al teletrabajo y la inminente emisión de los decretos que la regularan, junto a las otras medidas mencionadas, la Ministra de Trabajo indica la poca flexibilidad que actualmente tiene el teletrabajo, y aunque toda ley o norma es siempre perfectible, esto no es del todo cierto y más parece la clásica excusa de los sectores privados para resistirse a las disposiciones o regulaciones del Estado (recordemos nomas cuando se le echaba la culpa de la disminución del crecimiento económico del 2014 a la supuesta y excesiva “tramitología” estatal lo que derivó en una irresponsable desregulación con consecuencias mortales, como en los casos McDonald’s y el camión que transportaba gas en Villa el Salvador).

Aunque es obvio que el teletrabajo no será la solución en algunos sectores productivos, como la agricultura, pesca o minería que necesariamente requieren de la presencia física del trabajador, en otros sectores es una medida acertada que debe aplicarse inmediatamente para evitar más contagios y la propagación de la enfermedad. Pero sería un error aplicar el teletrabajo solo como una medida extraordinaria mientras dure la crisis del coronavirus.

El teletrabajo con la enorme disponibilidad de las TIC es una mega tendencia a nivel mundial que genera 900 millones de empleos a nivel mundial , además de tener muchas externalidades positivas como ser amigable con el medio ambiente, al no requerir que los trabajadores se movilicen desde sus hogares al centro de trabajo, en unidades de transporte que utilicen combustibles fósiles (en gran medida causantes del cambio climático). Además de ser favorables para las MIPYME que al tener teletrabajadores no necesitarían de espacios físicos reduciendo sus costos de compra o alquiler de locales u oficinas para sus actividades.

Y más aún, el teletrabajo es una gran posibilidad, tal y como señala su reglamento, para que personas con discapacidad física y limitaciones en su movilidad puedan acceder e insertarse en el mercado laboral, así como también para las mujeres gestantes o lactantes (adicional a sus licencias de maternidad) y las personas que tienen la responsabilidad de cuidar a niños, adultos mayores o personas con discapacidad para ejercer su trabajo desde su casa.

Hace falta difundir entre las empresas los beneficios del teletrabajo ya señalados en este artículo además de las ventajas de tener trabajadores (no colaboradores como se les suele mal llamar) motivados y comprometidos con sus centros de labores lo que redunda en un incremento de la productividad y eficiencia al enfocar a los teletrabajadores en generar resultados. Le toca al Gobierno promover e impulsar el teletrabajo como un mecanismo eficaz y beneficioso para empleados y empleadores y no solo como una solución temporal a esta crisis, para después volver a encarpetarla y dejarla durmiendo el sueño de los justos.


[1] La Infodemia es definida como la difusión de información falsa a través de redes sociales o algunos medios de prensa, que genera pánico o difunde conductas incorrectas.

[2] Un clásico caso de “profecía autocumplida” es una predicción que, una vez hecha, es en sí misma la causa de que se haga realidad.

[3] Según los datos de la Encuesta Nacional de Empresas 2015 https://www.inei.gob.pe/media/MenuRecursivo/publicaciones_digitales/Est/Lib1430/index.html

[4] Según cifras de la consultora IDC https://gestion.pe/tendencias/management-empleo/cinco-beneficios-teletrabajo-empresas-peruanas-88203-noticia/?ref=gesr