Algunas propuestas para la reactivación económica: la tutela de la economía de mercado

09/06/2020

Por Christian Guzmán

Como hemos señalado en una entrega anterior, tenemos en el país diversos funcionarios públicos (entre ellos congresistas) que proponen afectaciones a la economía social de mercado consagrada por la Constitución, a través de controles de precios, restricciones de actividades económicas o generando mayores regulaciones, cuando más bien se deben implementar reformas de mercado a fin de lograr la ansiada reactivación económica.

Asimismo, como hemos indicado en redes sociales. tenemos una preocupante noticia del diario Gestión, y es que el Perú es el país que va a sufrir la peor recesión de Sudamérica y una de las peores de Latinoamérica [1]. Y la situación va a empeorar si es que no se toman urgentes medidas de reactivación económica, que generen impulso a las actividades empresariales.

Es así que existen propuestas de diversos sectores, que deben implementarse de inmediato. En particular las necesarias reformas de mercado que el país requiere, dirigidas a fomentar la inversión privada. Sin intención de ser exhaustivos y con el compromiso posterior de ampliar estas propuestas, podemos ir señalando algunas que nos parecen de especial importancia.

La economía de mercado en el Perú y el Mundo

Debemos en primer lugar implementar una adecuada tutela de la economía de mercado en nuestro país.  En primer lugar, se dice de manera reiterada en diversos medios que el Perú muestra un “modelo” económico “neoliberal”, sin que nadie explique con claridad que significa dicho término.  Ahora bien, si es que ello significa que estamos en un país donde la libertad económica es muy elevada, es preciso señalar que afirmar eso es un error recurrente que cometen por igual tanto derechas como izquierdas.

La realidad es que basta revisar los índices de libertad económica [2] para notar que nos encontramos bastante rezagados en esta materia (en el puesto 51), muy por debajo por ejemplo de países mal considerados “socialistas” como por ejemplo varios europeos, sobre todo los escandinavos, como por ejemplo Dinamarca (puesto 8), Finlandia (puesto 20), Suecia (puesto 22) y Noruega (puesto 28). De hecho, los llamados estados de bienestar (welfare states) se encuentra ocupando varios de los primeros treinta puestos de este importante índice.

Lo antes indicado, que pareciera para muchos ser una paradoja, no lo es en absoluto. Ello, porque a mayor libertad económica, mayor desarrollo e inversión privada, lo cual a su vez permite mayores ingresos fiscales.  Estos últimos permiten a su vez que exista una mayor inversión pública, en especial en salud, educación e infraestructura.  No es casualidad entonces que aquellos países que se encuentran en los primeros puestos tengan a su vez niveles elevados en dichas materias [3].  Como resultado, una política social eficiente es perfectamente compatible con la libertad económica.

Reformas en el caso peruano

Lo antes señalado implica, en segundo lugar, que en el caso peruano [4] es necesario implementar un conjunto de reformas para elevar los niveles de libertad económica, justamente mejorando los aspectos en los cuales nuestro puntaje es limitado, lo cual evidentemente no implica descuidar aquellos donde nuestro puntaje es elevado, como es por ejemplo el caso de la salud fiscal (Fiscal Health), que podríamos traducir como una adecuada política fiscal, que debemos mantener.

Ente los aspectos que es necesario mejorar de manera inmediata tenemos dos sumamente preocupantes.  En primer término la integridad del Gobierno (Government Integrity), a lo cual nos hemos referido en nuestra entrega precedente, donde nuestro puntaje es sumamente bajo (33.5).  Ello a su vez es consistente con la imagen que proyectamos respecto a este importante aspecto.  De hecho, ello se reconoce como un importante problema a resolver y que afecta sin duda a la libertad económica, generando una especie de círculo vicioso.

Asimismo, en lo que concierne a la efectividad judicial (Judicial Effectiveness) es en donde nuestro puntaje es el más bajo (30.6), incluso por debajo de la preocupante integridad del Gobierno, lo cual no es para nada sorprendente.  La doctrina se ha ocupado de la relación estrecha que existe entre la libertad económica y el adecuado funcionamiento de los entes jurisdiccionales [5].  Si ellos son ineficientes tenemos serias afectaciones al desarrollo económico y social del país.

Además, están los derechos de propiedad (Property Rights), donde el puntaje es relativamente bajo (54.9).  Ello significa que debemos mejorar sustancialmente en la protección de dichos derechos.  La protección adecuada al derecho de propiedad crea incentivos para el uso eficiente de los recursos [6], de tal manera que los bienes generan el mayor provecho posible a la sociedad en su conjunto.

Por otro lado, existen dos importantes áreas en las que es importante mejorar sustancialmente, ya dentro del rubro de la eficiencia regulatoria (Regulatory Efficiency).  Tenemos en primer lugar la libertad para los negocios (Business Freedom) donde el puntaje debería mejorar (67.1).  De hecho, este puntaje ha disminuido en los últimos años [7] (desde el año 2016) y si tenemos en cuenta las continuas normas que generan regulaciones que no han sido evaluadas correctamente, seguirá disminuyendo más.  Dichas normas son emitidas tanto por el Congreso como por el Poder Ejecutivo.

Otro aspecto a mejorar es la regulación laboral (Labor Freedom), puesto que nuestra legislación laboral sigue siendo particularmente rígida, generando diversos sobrecostos, lo cual explica el puntaje relativamente bajo (62.9).  Pero el problema más serio en el mercado laboral peruano sigue siendo la elevada informalidad laboral, respecto de la cual hay que generar políticas eficientes para corregirla, generando puestos de trabajo.

Finalmente, un relevante aspecto a mejorar en este importante índice es la libertad financiera (Financial Freedom) que muestra también un puntaje relativamente bajo (60.0).  En este caso, es necesario incrementar sustancialmente la bancarización, estableciendo adecuadas regulaciones al sector financiero para mejorar su eficiencia, reduciendo además los costos de transacción.

La eficacia frente al Covid-19

En tercer lugar, por un conjunto de razones que sería bueno explicitar en algún momento de manera por lo menos somera, los países que muestran mayor libertad económica y que ocupan los primeros lugares de la lista – con las tristes excepciones de Estados Unidos (puesto 17) y el Reino Unido (puesto 7) – muestran una mayor eficiencia en la lucha con la Covid-19.  En especial, entre los diez primeros países en la lista, que además muestran sustanciales diferencias en población y extensión territorial.

Probablemente el caso más relevante sea el de Nueva Zelanda [8] (puesto 3), cuyo gobierno ha tenido un muy buen manejo de la pandemia, generando buenos resultados.  Pero además, existen otros casos importantes como son el de Australia [9] (puesto 4), que ha logrado aplanar la curva empleando sin embargo estrategias distintas a las de Nueva Zelanda.

A ellos debemos agregar el caso de Dinamarca [10] (puesto 8) cuyo gobierno señala que la epidemia ha sido controlada en dicho país.  Otro caso interesante y exitoso es el de Estonia [11] (puesto 10) país que también ha mostrado una muy buena reacción ante la crisis sanitaria.  Finalmente, otro país que ha manejado bastante bien la pandemia es Taiwan (puesto 11), no obstante su evidente cercanía con China Continental.

[1] https://gestion.pe/economia/banco-mundial-peru-sera-el-pais-con-mayor-caida-de-pbi-en-sudamerica-este-ano-noticia/

[2] https://www.heritage.org/index/ranking.aspx

[3] https://es.theglobaleconomy.com/rankings/health_spending_per_capita/

[4] https://www.heritage.org/index/country/peru?version=191

[5] Noda Yamada, Carlos – “El Estado y la modernización de la administración de justicia en una economía de mercado”.  En: Derecho Pucp N.° 51.  Lima: PUCP, 1997. OLIVA, Carlos, SECADA, Pablo y FRANCO, Bruno – Obstáculos para el aumento de la competitividad en el Perú. Lima: IPE, 2002.

[6] Sobre el particular: POSNER, Richard – El Análisis Económico del derecho.  México: Fondo de Cultura Económica, 1998, p. 38. ARIÑO ORTIZ, Gaspar – Principios de Derecho Público Económico.  Granada, Comares, 1999, p. 156.

[7] https://www.heritage.org/index/visualize?cnts=peru&type=8

[8] https://andina.pe/agencia/noticia-impresionante-nueva-zelanda-no-registra-nuevos-casos-coronavirus-795772.aspx

[9] https://www.health.gov.au/news/health-alerts/novel-coronavirus-2019-ncov-health-alert/coronavirus-covid-19-current-situation-and-case-numbers

[10] https://gestion.pe/mundo/dinamarca-declara-controlado-al-covid-19-y-cree-muy-improbable-segunda-ola-noticia/

[11] https://www.larepublica.co/especial-covid-19/estonia